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SUBSISTENCIA DE LOS SECRETOS DE COMERCIO DURANTE
EL PERIODO DE APLICACIÓN DE PATENTE PENDIENTE

Un secreto de comercio tiene cuatro aspectos.

  • Primero, debe consistir de información cualificada; o sea, la información debe ser articulada (al menos en términos generales) de tal manera que especifique cómo la información se distingue de conocimientos y habilidades generales.
  • Segundo, debe ser un secreto, en el sentido de que no es ampliamente conocido o fácil de compilar.
  • Tercero, el dueño debe haber hecho un esfuerzo razonable de preservar los secretos.
  • Cuarto, el secreto debe tener valor reflejado en un tipo de ventaja competitiva que le da poder al dueño. Pooley § 4.01 [1].

    Debido a que la información elegible para protección de secretos de comercio puede ser también elegible para protección de patente, existe una interfase particular entre la confidencialidad de secretos de comercio y la práctica y principios de patente.

    Confidencialidad de Patente

    35 U.S.C. § 122: Status confidencial de aplicaciones; publicaciones de aplicaciones de patentes

    (a) Confidencialidad. Excepto como se describe en la subsección (b), las aplicaciones para patentes deben ser mantenidas en confidencialidad en la Oficina de Patentes y Marcas Registradas (Patent and Trademark Office) y ninguna información concerniente debe ser facilitada sin autorización del solicitante o dueño a menos que sea necesario por un Acto del Congreso o bajo circunstancias especiales determinadas por el Director.

    (b) Publicaciones.

    (1) En general.

    (A) Sujeto al párrafo (2), cada solicitud de patente deber ser publicada de acuerdo con los procedimientos determinados por el Director, inmediatamente después de la expiración de un periodo de 18 meses después de la fecha de solicitud más temprana en la cual se ha solicitado un beneficio bajo este título.

    Efecto de Aplicación de Patente

    Solicitudes de patente presentadas ante la Oficina de Patentes de los Estados Unidos (United States Patent Office) se mantienen en confidencialidad; ninguna información concerniente a una aplicación puede ser ofrecida sin autorización del solicitante o dueño. 35 U.S.C. § 122. Debido a que una solicitud de patente es considerada una declaración confidencial, el solicitante mantiene sus derechos de secretos de comercio y las cortes estatales su jurisdicción. Painton & Co. v. Bournes, Inc., 442 F.2d 216, 223-225, (2d Cir. 1971). Esto es definitivo, pues de otra manera la solicitud renuncia al derecho de protección equitativa durante el periodo de solicitud de patente pendiente, ya que las resoluciones de patente por lo general no están protegidas bajo ley federal de patentes hasta que la patente sea otorgada. 35 U.S.C. §283.

    En el momento de la solicitud, el inventor o descubridor no tiene capacidad de conocer si la patente será otorgada eventualmente. Si el secreto de comercio es valioso, el descubridor, quien lo considera patentable, al presentar la solicitud pone en peligro tanto el secreto de comercio como la patente. Esto anularía el mismo propósito de la ley de patente, la cual condiciona un monopolio por un tiempo limitado en cuanto se da una rendición pública total a partir de ese momento del tema en discusión, y pensamos que tal principio no puede se deducido de las autoridades. A.O. Smith Corporation v. Petroleum Iron Works Co. of Ohio, 73 F.2d 531 (USCCA 6th Circuit 1934) citando Macbeth-Evans Glass Co. v. General Electric Co., 246 F. 695, 701 (C.C.A. 6).

    Efecto de Otorgación de Patente

    Aspectos que podían ser sujetos a protección como secretos de comercio antes de que se otorgara la patente se consideran revelados hasta el punto en que se describen en la patente. Julius Hyman & Co. v. Velsicol Corp., 233 P.2d 977, 998, cert. denied, 342 U.S. 870, reh'g denied, 342 U.S. 895 (1951). No todas las patentes revelan un secreto de comercio. Por lo tanto, una patente de producto no necesariamente revela los métodos de manufactura usados para crear el producto patentable. Modern Controls, Inc. v. Andreadakis, 578 F.2d 1264, 1269 (8th Cir. 1978).

    El dueño de un secreto de comercio renuncia a la protección de su secreto de comercio hasta el punto en que el dueño del secreto de comercio ha publicado la información al reclamar la invención en tanto que la afirmación de tal información como secreto de comercio desde ese punto en adelante puede-con respecto a los periodos en que la patente sea otorgada-por su parte constituir litigio no genuino. Milgrim §1.06[1]

    M. K. Silverman

     


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Rev: 3-16-2009